![]() |
![]() ![]() |
|
|
| Condiciones de Participación |
Las empresas interesadas en participar deben de rellenar la hoja de SOLICITUD
DE ESPACIO y enviar a administración de EXPOMOTOR SANTANDER mediante
correo ordinario ó fax. Dicha hoja les será enviada una vez
se pongan en contácto con la organización para confirmar su
interés en participar. La determinación y distribución de las zonas se realizará según el orden de recepción, atendiendo los intereses generales. No podrá cederse total o parcialmente ningún stand. La Dirección se reserva el derecho de admisión al estudiar las solicitudes sin que tenga que justificar la negativa, en caso de que la hubiera. Para que la solicitud sea aceptada como inscripción deberá de ser satisfecho su importe. |
|
| Condiciones de pago | 50
% del proyecto de participación a la entrega de de la solicitud. 50 % restante antes del día 18 de junio. El abono deberá efectuarse: • En efectivo • Transferencia a Rutas Turísticas 4x4 S.L. El importe de los servicios complementarios, si los hubiera, se abonarán antes de finalizar el Certamen, siendo esta condición indispensable para poder retirar la mercancía. La forma de pago deberá de hacerse efectiva dentro de los plazos establecidos. En caso de no haber satisfecho el importe en los plazos señalados se supone que se renuncia a participar, por lo que no se podrá realizar el montaje del stand, y su plaza pasará a ocuparla uno de los expositores en reserva, sin tener derecho a reclamación, ni devolución. |
|
| Montaje y desmontaje | Montaje los días 21 y 22 y desmontaje los días 27 y 28 de junio. La Dirección facilitará los pases necesarios para los trabajos de montaje y desmontaje de los mismos. Una vez finalizado el certamen, cada expositor deberá desmontar su instalación o equipos. A partir de ese momento el material expuesto en el stand es responsabilidad del expositor. | |
| Limpieza | La Feria es responsable de la limpieza de los espacios comunes. La del interior del stand es a cargo de cada expositor. | |
| Seguro | Existe una póliza de Seguros colectiva que garantiza los daños provocados por incendios, explosiones y sus consecuencias directas, robo y responsabilidad civil del expositor frente a terceros. Esta póliza garantiza los daños mientras la Feria se encuentra cerrada al público. En caso de siniestro se establece una indemnización máxima de 1.800 €uros por stand. A partir de esta cantidad cada expositor deberá asegurar, caso que lo necesite, el resto del stand. A efectos de cobertura quedan excluidos los daños provocados por hurto, propios del montaje y desmontaje o los ocasionados a vehículos de motor (impactos o ralladas). | |
| Medidas de Seguridad | La Feria dispone, en el espacio interior, de un servicio de seguridad y video vigilancia con circuito cerrado de TV. Cada expositor se responsabilizará de su stand, instalaciones y equipamientos durante las horas de apertura de EXPOMOTOR SANTANDER al público. Queda prohibida la estancia de su personal fuera del horario de feria, salvo autorización especial de Dirección. | |
| Servicios Opcionales | Con cargo al expositor consultar carpeta de Servicios |
| .-Art. 1 | Podrán
solicitar su participación en EXPOMOTOR SANTANDER, que se celebrará
del 23 al 26de junio todas aquellas empresas o entidades cuyas actividades
industriales se consideren entre los grupos merceológicos de la Feria. |
|
| .-Art. 2 | Las
solicitudes de espacio deberán formalizarse a través del modelo
oficial del certamen, de acuerdo con las formas de pago que figuran en la
tarifa correspondiente y adjuntando en cualquier caso, el canon de apertura
de expediente y el primer pago a su presentación. En el caso de no
respetar los plazos establecidos de pagos, el Expositor perderá todos
los derechos sobre el espacio solicitado, quedando dicho espacio a disposición
de la Dirección, que podrá ofertarlo a otras empresas. En
todo caso, no se autorizará la ocupación del espacio de exposición
que no haya sido abonado en su totalidad. Tampoco se precederá al
montaje de stands modulares contratados sin que se haya cumplido el mencionado
requisito. |
|
| .-Art. 3 | En breves dias informaremos de las formas de pago. | |
| .-Art. 4 | La
aceptación definitiva de participación queda reservada a la
dirección, que podrá rechazar aquellas solicitudes que, a
su criterio, no se ajusten a las finalidades del certamen. |
|
| .-Art. 5 | La
atribución de espacios, por riguroso orden de solicitud, será
también determinada por la dirección. |
|
| .-Art. 6 | Las
decisiones de la dirección sobre participación y atribución
de espacios, serán comunicados a los expositores. |
|
| .-Art. 7 | Los
espacios asignados, por razones técnicas, de sistemática de
distribución o de seguridad, podrán ser alterados por la dirección. |
|
| .-Art. 8 | La
renuncia del expositor a su participación, es motivo de pérdida
de las cantidades adelantadas. |
|
| TARIFAS DE OCUPACIÓN Y SERVICIOS | ||
| .-Art. 9 | Los
cánones de apertura y ocupación de espacios, incluyen en
todos los casos: |
|
| .-Art. 10 | El canon de ocupación de espacio no conlleva contrapestación alguna de montaje modulado o sin modular, instalación eléctrica, inspección eléctrica, seguros, consumo de energía o agua, canon de montaje de la institución ferial, decoración interior, mobiliario, jardinería, rotulación, limpieza diaria del espacio ocupado y otros posibles servicios expresamente reseñados o no en la documentación para expositores. | |
| .-Art. 11 | En
ningún caso podrá el expositor exigir responsabilidades al
Certamen por pérdida o daños ocasionados al material y objetos
que se encuentren en el stand, cualesquiera que sean los motivos alegados. |
|
| .-Art. 12 | La
liquidación de gastos de ocupación de espacio, canon de montaje
y servicios de la institución ferial, seguros obligatorios y otros
servicios contratados, será condición indispensable para que
se autorice la entrada de materiales y su montaje. |
|
| .-Art. 13 | ||
| .-Art. 14 | Los
gastos que se ocasionen por el consumo de energía eléctrica
sumplementaria u otros conceptos no previstos, se abonaran durante los días
de celebración del certamen. La liquidación total de los gastos
producidos por cada expositor, será condición indispensable para que pueda retirar el material, mobiliario, objetos e instalaciones de su correspondiente espacio, renunciando de forma expresa a los derechos que pudieran corresponderle por este depósito temporal, hasta que no sea efectiva dicha liquidación. |
|
| CONDICIONES DE MONTAJE, EXPOSICIÓN, VISITA Y DESMONTAJE | ||
| .-Art. 15 | Cada
uno de las secciones de la feria tiene unas normas específicas de
montaje. Por ello, el expositor se compromete a respetar las de su propia
sección, con expresa aceptación de las mismas y de las instrucciones
complementarias que sean dictadas por la Dirección. |
|
| .-Art. 16 | Los
días de montaje están indicados. Fuera de estos días
y horarios no será posible el acceso de expositores y montadores,
ni la colocación de materiales en los espacios. |
|
| .-Art. 17 | Las
tarjetas de expositor en modelo oficial del Certamen, servirán como
único documento acreditativo para el acceso al recinto del Certamen. |
|
| .-Art. 18 | ||
| .-Art. 19 | En
el Parque Ferial existen tomas para el suministro de corriente . Las instalaciones
y las líneas de fuerza dentro del stand, así como el enganche
en la acometida del Certamen, son por cuenta del expositor. Las empresas encargadas deberán realizar las actividades mencionadas bajo supervisión de la dirección técnica de la feria facturándose por el consumo realizado durante el certamen. |
|
| .-Art. 20 | No
se autorizará el montaje de stands con materiales de albañilería.
Por razones higiénicas, queda excluida la pulverización de
pinturas celulósicas sobre cualquier clase de objeto. Por razones
de seguridad, todos los materiales del montaje del stand, deberán
estar debidamente ignifugados. La reparación de cualquier daño
causado por el expositor en el recinto ferial será siempre a su cargo.
Queda prohibida la fijación de moquetas con colas o pegamentos en
el suelo. |
|
| .-Art. 21 | Los
embalajes y todo el material de deshecho, deberán ser retirados por
los expositores antes de las 21 horas de las víspera de la apertura.
Los materiales y embalajes abandonados con posterioridad a dicha hora, serán
retirados y destruidos por los servicios técnicos, con cargo al expositor. |
|
| .-Art. 22 | Se
respetará la ubicación de las tomas de energía eléctrica
y accesos de material contra incendios, mangueras, extintores, alarmas,
etc., cuando estos queden incluidos en los espacios contratados, así
como los accesos a las zonas de servicio. |
|
| .-Art. 23 | Para
la prestación de cualquier servicio no especificado, deberá
consultarse por escrito a la Dirección de la feria, que resolverá
según las posibilidades. |
|
| .-Art. 24 | No
está permitido el depósito o exposición de materias
peligrosas, inflamables o explosivas, ruidosas, insalubres, que desprendan
olores desagradables y, en general, las que puedan molestar a otros expositores
o público visitante. Está prohibido el uso de gas y otras energías líquidas o gaseosas |
|
| .-Art. 25 | El
horario de visita del publico será de 11 a 21 h y anunciado oportunamente
a través de los medios informativos. El acceso solo será permitido
mediante la exhibición de la correspondiente entrada o invitación. |
|
| .-Art. 26 | El expositor deberá tener asegurado a su personal contra accidentes, así como cubrir los Seguros Sociales, impuestos y demás obligaciones laborales y fiscales previstas en la legislación vigente, declinando la organización del certamen, cualquier posible reclamación ó incidencia sobre estos asuntos. | |
| .-Art. 27 | Cada
expositor podrá presentar en sus espacios los materiales y servicios
propios. También podrá mostrar objetos y servicios correspondientes
a empresas representadas por el expositor, siempre y cuando se haya informado
previamente de esta representación a la dirección del Certamen. |
|
| .-Art. 28 | No
está permitida la ocupación de un espacio por varios expositores,
salvo expresa autorización previa de la dirección del Certamen,
que podrá también autorizar espacios colectivos, ni la cesión
o subarriendo del espacio contratado o parte de él. |
|
| .-Art. 29 | El
expositor que presente mercancías distintas a la temática
del Certamen, perderá su derecho a los espacios adjudicados. |
|
| .-Art. 30 | Se
autoriza la entrega gratuita de muestras. También se autorizan las
demostraciones que se puedan realizar dentro delpropio espacio. No está
permitida la exhibición de carteles con precios de los productos,
en el caso de no haberlo solicitado por escrito a la dirección del
Certamen. |
|
| .-Art. 31 | Para
la entrada de materiales o artículos durante la celebración
del Certamen, contará cada expositor que lo solicite, con un permiso
individualizado de la Dirección. Las entradas de estos materiales
y objetos podrán efectuarse exclusivamente en las horas determinadas en el correspondiente permiso. |
|
| .-Art. 32 | La
feria cuidará del orden general del recinto, pero ni ésta,
ni la organización del Certamen, se responsabilizan de la vigilancia
del material y objetos depositados en cada espacio. |
|
| .-Art. 33 | El
expositor, si lo desea, podrá concertar un seguro complementario
contra los riesgos de incendio, responsabilidad civil, robo y expoliación.
La organización del Certamen no responderá en ningún
caso de las perdidas o daños que puedan sufrir los objetos, muestras,
material de montaje y de exhibición, antes, durante ni después
de la celebración del Certamen por causa de accidentes metereologicos,
robo, hurto o cualquier otro hecho de la naturaleza que sea. |
|
| .-Art. 34 | ||
| .-Art. 35 | Los
expositores podrán programar actividades a lo largo de los días
de la feria, dedicadas a sus clientes, a sus delegados, a sus proveedores
o al publico en general. Dichas actividades deben de comunicarse a la Dirección,
antes por lo menos, de la apertura del certamen, a fin de poder coordinarlas
y autorizarlas. |
|
| .-Art. 36 | ||
| .-Art. 37 | Es
obligatorio el desmontaje y retirada de materiales en los tres días
posteriores a la clausura de la feria. Las instalaciones y objetos no retirados
serán considerados abandonados. Los servicios técnicos procederán
a su destrucción por cuenta de cada expositor, aplicándoles los gastos de desmontaje correspondientes y las tarifas de retirada de basuras. |
|
| .-Art. 38 | La
distribución de muestras, folletos, octavillas y toda clase de impresos,
se realizará dentro del espacio de cada expositor. Los impresos que
puedan distribuirse en dichos espacios se someterán, sin embargo,
a las normas generales de la feria. |
|
| .-Art. 39 | La
publicidad no deberá tener carácter ideológico ni político. |
|
| DISPOSICIONES FINALES | ||
| .-Art. 40 | Todos
los expositores, por el mero hecho de su inscripción, aceptan el
presente Reglamento de Régimen Interior, las normas complementarias
y las disposiciones de la dirección de la feria. |
|
| .-Art. 41 | Si
por cualquier causa no pudiera celebrarse la manifestación, los expositores
solo tendrán derecho a la devolución de las cantidades entregadas,
sin opción a ninguna clase de indemnización. |
|
![]()